REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 27 de Febrero de 2009
198° y 150°

Vista la diligencia de fecha 26 de Enero 2009, suscrita por el Abogado JUAN MANUEL BRUNO, Inpreabogado Nº 15.034, Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ EDUARDO MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.732.855, parte Actora en el presente juicio, mediante la cual el mencionado ciudadano DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO por DAÑOS Y PERJUICIOS, contra TALLERES 5 ESTRELLA, C.A. y la ciudadana HELIZAHIRA COHEN BELLO. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, y ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Igualmente se ordena la devolución de los originales solicitados.
EL JUEZ PROVISORIO


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON HERRERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO
Expte. N° 08-15034
EPT/cchh/ym