REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 10 de febrero del 2009
198º y 149º
Expediente Nº: 11.862
Demandante: Carmen Judith Pérez Cortez
Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento

Vista la anterior solicitud presentada personalmente por la ciudadana: Carmen Judith Pérez Cortez, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 8.586.406, asistida por la abogada en ejercicio, MIROSLAVA DIAZ BUSEK Inpreabogado N° 19.699, basada en las pruebas que acompaña pide sea rectificada sumariamente su partida de nacimiento, la cual se encuentra debidamente inscrita por ante la Prefectura ( hoy el Registro Civil ) del Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, bajo el Nº 1308 de fecha 14 de noviembre de 1963.-Por cuanto están llenos los extremos del articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda sumariamente lo solicitado en consecuencia la referida partida de nacimiento queda rectificada así: Donde dice: “....... que tiene por nombre: CARMEN YUDITH...................” debe decir “......que tiene por nombre: CARMEN JUDITH...................”
Ofíciese lo conducente a los Funcionarios que señala el Articulo 502 del Código Civil.-Expídanse copias.-
La Jueza Titular,

Abg. Eumelia Velásquez M La Secretaria,
Abg. Jheysa Alfonzo
LL/NM/YMH Solicitud Nº 11.862-08



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 10 de febrero del 2009
198º y 149º
Expediente Nº: 11.862
Demandante: Carmen Judith Pérez Cortez
Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento

Vista la anterior solicitud presentada personalmente por la ciudadana: Carmen Judith Pérez Cortez, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 8.586.406, asistida por la abogada en ejercicio, MIROSLAVA DIAZ BUSEK Inpreabogado N° 19.699, basada en las pruebas que acompaña pide sea rectificada sumariamente su partida de nacimiento, la cual se encuentra debidamente inscrita por ante la Prefectura ( hoy el Registro Civil ) del Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, bajo el Nº 1308 de fecha 14 de noviembre de 1963.-Por cuanto están llenos los extremos del articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda sumariamente lo solicitado en consecuencia la referida partida de nacimiento queda rectificada así: Donde dice: “....... que tiene por nombre: CARMEN YUDITH...................” debe decir “......que tiene por nombre: CARMEN JUDITH...................”
Ofíciese lo conducente a los Funcionarios que señala el Articulo 502 del Código Civil.-Expídanse copias.-
La Jueza Titular,

Abg. Eumelia Velásquez M La Secretaria,
Abg. Jheysa Alfonzo
LL/NM/YMH Solicitud Nº 11.862-08