REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CAGUA
Cagua, Diecisiete (17) de Febrero de 2009.
196º y 147º



EXPEDIENTE: 3699-06.-
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO VEGAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.846.796.-
PARTE DEMANDADA: RAMÓN ALBERTO YENDEZ APONTE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.759.738.-
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-

Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por el ciudadano: Luis Alberto Vegas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.846.796 y de este domicilio, asistido por la Abogada en Ejercicio Jostelli Vanesa Fragoza, Inpreabogado N° 115.388, mediante el cual demandó por Resolución de Contrato de Arrendamiento al ciudadano Ramón Alberto Yendez Aponte, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.221.146, la cual fue admitida por este Tribunal en fecha 30 de Mayo de 2.006 y se ordenó la citación del demandado, para que compareciera dentro del lapso de Ley a fin de que den contestación a la presente demanda.- Se libro la respectiva Boleta de Citación.-
En fecha 13 de Junio de 2.006, comparece el ciudadano: Luis Alberto Vegas debidamente asistido de Abogado y consignó los emolumentos necesarios para la citación de la parte demandada.-
En fecha 13 de Junio de 2.006, comparece el ciudadano: Luis Alberto Vegas, asistido por la abogada Jostelli Fragoza, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 115.388, y solicito mediante diligencia se acuerde medida de Secuestro sobre el inmueble objeto del presente juicio.-
En fecha 13 de Junio de 2.006, el ciudadano Luis Alberto Vegas otorga Poder Apud Acta a los Abogados Jostelli Fragoza, Zoraida Pérez y Dunia Teresa Echezuria, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 115.388, 30.795 y 101.094 respectivamente.-
En fecha 13 de Junio de 2.006, el ciudadano: Luis Vegas solicito copia simple de folios especificados en diligencia.-
En fecha 15 de Junio de 2.006 mediante auto el Tribunal ordena la apertura del cuaderno de medidas respectivo y en consecuencia niega el pedimento de la medida de secuestro formulada por la parte actora.
En fecha 31 de Enero de 2.007, el alguacil de este Tribunal ciudadano Raúl Núñez, consignó Boleta de citación de la parte demandada, por cuanto le fue imposible localizarlo luego de solicitarlo en varias oportunidades.-
Así las cosas, esta Juzgadora procede en consecuencia a realizar el estudio y revisión del expediente, observando así mismo que, desde el día en que el ciudadano: Luis Vegas, en su carácter de parte actora, solicito copias simples del expediente; así como la posterior consignación del alguacil, hasta la presente fecha el actor no ha impulsado el proceso, transcurriendo desde la ultima actuación de la parte actora, mas de un año sin que las partes impulsaran o intervinieran en el proceso.-