REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, Veintiséis (26) de Febrero de 2009.
198º y 150º

EXPEDIENTE: 3726-06.-
PARTE ACTORA: JESUS VERENZUELA, MARIA CARVAJAL, PEDRO ZAMBRANO, ADRIANA MORENO, NEVEIDA APARICIO Y HAMID LACKSHMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-5.280.696, 10.295.152, 2.811.315, 9.643.957, 5.055.957 y 7.284.164 respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: ALEXIS CRISTOPULOS, LILIANA MARTÍNEZ, VICDALIA GARCÍA, LUSBEL SÁNCHEZ JESUS CORDOVA y CLARA HOFFMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-16.435.410, 12.693.783, 7.188.158, 8.825.015, 8.820.951 y 3.654.418 respectivamente.-
MOTIVO: NULIDAD DE ACTA.-
Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por los ciudadanos: JESUS VERENZUELA, MARIA CARVAJAL, PEDRO ZAMBRANO, ADRIANA MORENO, NEVEIDA APARICIO Y HAMID LACKSHMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-5.280.696, 10.295.152, 2.811.315, 9.643.957, 5.055.957 y 7.284.164 respectivamente y de este domicilio, asistidos por la Abogadas en Ejercicio Maria Ferro, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.72.509, mediante el cual demandó por NULIDAD DE ACTA, a los ciudadanos: ALEXIS CRISTOPULOS, LILIANA MARTÍNEZ, VICDALIA GARCÍA, LUSBEL SÁNCHEZ JESUS CORDOVA y CLARA HOFFMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-16.435.410, 12.693.783, 7.188.158, 8.825.015, 8.820.951 y 3.654.418 respectivamente; la cual fue admitida por este Tribunal en fecha 02 de Octubre de 2.006 y se ordenó la citación de los demandados, para que compareciera dentro del lapso de Ley a fin de que den contestación a la presente demanda.- Se libraron las respectivas Boletas de Citación.-
En fecha 10 de Octubre de 2.006, comparece la ciudadana: Deliana Marcano, y solicitó mediante diligencia copias simples de folios especificados en diligencia.-
En fecha 16 de octubre de 2.006, comparece la ciudadana Lackshmir Hamid, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.722, actuando en su propio nombre, y presentó diligencia en donde desiste del presente procedimiento.-
En fecha 20 de Octubre de 2.006, comparece el ciudadano Marcos Chinchilla, y solicito mediante diligencia copias simples de folios especificados en diligencia.-
En fecha 23 de Noviembre de 2.006, el Tribunal mediante decisión imparte la homologación al desistimiento presentado por la ciudadana: Lackshmir Hamid, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 15 de Noviembre de 2.006, comparece el ciudadano: Pedro Zambrano y solicito copias simples de folios especificados en diligencia.-
En fecha 11 de Enero de 2.007, comparece la ciudadana Lackshmir Hamid, solicito copias simples de folios especificados en diligencia.-
En fecha 22 de Enero de 2.007, comparece el alguacil de este Tribunal ciudadano: Raúl Núñez y consignó Boleta de citaciones de los ciudadanos: Jesús Córdova, Clara Hoffman, Luzbel Sánchez, Vicdalia García, Lilian Martines y Alexis Crispulos, en virtud de que el alguacil Accidental ciudadano Angel Marcano, no logró localizarlos luego de solicitarlo en varias oportunidades.-
En fecha 25 de Enero de 2.007, comparece la ciudadana: Alva Luz Guevara, y solicito mediante diligencia copia simple de folios especificados en diligencia.-
Así las cosas, esta Juzgadora procede en consecuencia a realizar el estudio y revisión del expediente, observando así mismo que, desde el día en que el ciudadano Pedro Zambrano en su carácter de parte actora solicito mediante diligencia copias simples del expediente, hasta la presente fecha los actores no han impulsado el proceso, transcurriendo desde la ultima actuación de la parte actora, mas de un año sin que las partes impulsaran o intervinieran en el proceso.-