REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 13 de Febrero de 2009
198° y 149°
ASUNTO: DP11-R-2008-000413
ACTA
PARTE ACTORA: Ciudadano MAYAN ALBERTO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.696.453.
PARTE DEMANDADA: REVEHICA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogada MAIGUALIDA DEL VALLE AZAVACHE, Inpreabogado Nos.120.673.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados YESSIKA MONRO Y Inpreabogado Nos.98.533 y 98.534, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-
En el día de hoy 13 de Febrero de 2009, siendo las Nueve y Treinta (09:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Félipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Lisselott Castillo, la Abogada asistente María Eugenia Hernández y el Alguacil José Nava, se declaró abierto el Acto. Se deja constancia de la INCOMPARECENCIA, NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO DE LA PARTE ACTORA Y APELANTE, de la Sentencia publicada en fecha 09-12-2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua. Así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la Abogada YESSIKA MONRO, Inpreabogado No. 98.533, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada. En virtud de la Incomparecencia de la parte actora y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte; este Tribunal declara: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la sentencia supra indicada; remítase el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencido el lapso de Ley, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG.LISSELOTT CASTILLO.
JFMN/LC.
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