En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, comparecen la abogada YELENE FERNANDEZ, inpreabogado No.67.524, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y el abogado CARLOS YGUARO, inpreabogado No.86.719, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder que consta que en autos, quienes exponen.- En este estado, la Ciudadana Jueza, declaró abierto el acto dando inicio a la mediación.- En este estado ambas partes exponen: Que han decido de mutuo acuerdo, dar por terminado el presente proceso judicial haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación, donde la empresa COMUNICACIONES CORPORATIVAS CA, ofrece la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs.6.000,00), en forma fraccionada, en razón de ello, en este acto emite cheque No.07323713 contra el Banco SOFITASA a nombre de la ciudadana MARIA DEL CARMEN DAVILA, por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00), quedando pendiente el saldo de tres mil para se pagados en dos partes iguales, esto la cantidad de mil quinientos bolívares, el día 16 de marzo y el día 16 de Abril del presente año por ante este Tribunal, a las 9:00 a.m; la apoderada judicial de la parte actora manifiesta que acepta el monto ofrecido por la empresa demandada y recibe el cheque arriba identificado y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de las prestaciones sociales establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo.