REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL Y MERCANTIL ESTADO MONAGAS
MATURÍN, SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
199º y 150º
Vista la solicitud de disolución, liquidación y partición de bienes de mutuo acuerdo de la comunidad conyugal, realizada y presentada por los ciudadanos NERY JOSEFINA VALDIVIESO ACOSTA y JOSE ISAAC JIMENEZ TIAMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.027.901 y 3.586.038, debidamente asistidos por las abogadas en ejercicio SORAYA HERNANDEZ y YULENG RODRIGUEZ de POSADA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 22.822 y 16.142, respectivamente, de este domicilio; se le dá entrada, se admite y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12 y 788 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologación a la anterior solicitud en los términos y condiciones convenidas por las partes. Se suspenden las medidas decretadas y practicadas en el presente juicio, para lo cual se acuerda librar oficios a las Autoridades Administrativas y de Recursos Humanos de la Universidad de Oriente. En cuanto a la cuenta de ahorros aperturada con motivo del presente juicio, se acuerda oficiar a Banfoandes, fin de que haga entrega al ciudadano JOSE ISAAC JIMENEZ TIAMO, de la suma de Bs. 140.000,oo en la persona de su apoderada judicial Abogada YULENG RODRIGUEZ de POSADA y a la suma restante a la ciudadana NERY JOSEFINA VALDIVIESO ACOSTA, para lo cual se acuerda remitir la correspondiente libreta de Ahorros N° 0593857 P, correspondiente a la cuenta de ahorros Nro. 70069050060065521 y planillas de retiro Nros. 03640895 y 03640897, respectivamente. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y entréguese a los interesados. Se ordena el archivo del expediente.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA
N° 30.260
TULA
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