MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.- Colonia Tovar, Nueve (09) de Julio de Dos Mil Nueve (2009).

199º y 150º.

PARTE DEMANDANTE: CARMEN ALICIA CASTILLO
PARTE DEMANDADA: ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCIÒN
EXPEDIENTE N°.- 2009-085.

En fecha 06/07/2009, se iniciaron las presentes actuaciones con escrito presentado por la ciudadana CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, domiciliada en la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, en su carácter de Madre de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de Cinco (05) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, padre de la niña, antes identificada. En esta misma fecha se le dio entrada a la Demanda por Obligación de Manutención y se acordó citar al demandado de autos, antes identificados, para que compareciera al acto de conciliación y de no lograrse se consideraría abierto a pruebas, competencia de este Tribunal según Resolución Nº 2008-0013 del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02/07/2008. Así mismo se acordó Obligación de Manutención provisional en beneficio de la niña por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) mensuales, así mismo, el doble de la cantidad señalada en los meses de Julio y Diciembre y el 50% de los gastos médicos y de medicinas soportados por facturas legalmente emitidas. De igual manera se ordenó realizar Inspección Judicial en las Entidades Bancarias: Banco de Venezuela, Banfoandes y Banco Mercantil a fin de determinar la existencia de cuentas a nombre del demandado y determinar la capacidad económica. Se acordó como Medida Preventiva el
embargo hasta por un monto de 36 mensualidades, a razón de Doscientos Cincuenta bolívares cada una (Bs 250,00) que el demandado tuviese en Cuenta Bancaria que se verificase al momento de practicarse la Inspección Judicial acordada. Se ordeno librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico en Materia de Niños y Adolescente y a la Defensorìa Publica del Estado Aragua, en el área de Protección de niños, niñas y adolescentes. Tal como riela al folio seis (6).
En fecha 06-07-2009, el alguacil de este Juzgado mediante diligencia consignó Boleta de Citación debidamente firmado por el ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974. Tal como consta al folio Siete (07).
En fecha 06/07/2009, fueron remitidas via fax Boletas de Notificación al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y a la defensoria Publica de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Tal como consta del folio 10 al folio 15.
En Fecha 09/07/2009, Comparecieron los ciudadanos CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, y el ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, así mismo, se hizo presente, la abogado PALMIRA RIZUTTI, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°. V-9.947.981, en su carácter de Defensora Pública Nº 04, en el área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, acto en el cual expusieron las partes sus alegatos, a lo cual llegaron a conciliar un acuerdo sustancial. Tal como riela al folio Dieciséis (16).
En fecha 09/07/2009, se trasladó y constituyó el Tribunal, en la sede de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela de la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, y se realizo inspección Judicial, no arrojando cuenta alguna a su favor en el sistema electrónico de la entidad. Tal como riela del folio Diecisiete (17).
En fecha 09/07/2009, se trasladó y constituyó el Tribunal, en la sede de la Entidad Bancaria Banco Banfoandes de la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, y se realizo inspección Judicial, no arrojando cuenta alguna a su favor en el sistema electrónico de la entidad. Tal como riela al folio Dieciocho (18).
En fecha 09/07/2009, se trasladó y constituyó el Tribunal, en la sede de la Entidad Bancaria Banco Mercantil de la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, y se realizo inspección Judicial, no teniendo saldo a su favor en las cuentas que tiene el demandado de autos a su nombre en el sistema electrónico de la entidad. Tal como riela al folio Diecinueve (19).

II
La presente Audiencia Oral se inicia, por demanda interpuesta por la ciudadana CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, domiciliada en la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, en su carácter de Madre de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de Cinco (05) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974.
Que llegado el día y hora de la celebración de la Audiencia Oral, estando presente la ciudadana CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, y el ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, estando presente la abogado PALMIRA RIZUTTI, Defensora Pública Nº 4 en el área de Protección de niños, niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, libres de toda coacción y apremio conformaron un acuerdo y solicitaron sea homologado por el Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa Juzgada y el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, se comprometió a cancelar como Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs 250,00) mensuales, los primeros cinco (5) días del mes, en la Cuenta de Ahorro aperturaza para tal efecto en la entidad Bancaria BANFOANDES. SEGUNDA: El ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, se comprometió a depositar en los meses de Julio y Diciembre el doble de la cantidad señalada, en los términos expuestos, es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), por concepto de útiles escolares y gastos decembrinos. TERCERO: El ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, se comprometió a cancelar el 50% de los gastos médicos y de medicinas siempre que estén soportados por recibos y facturas legalmente emitidas. CUARTO: La Obligación de Manutención será automáticamente aumentada los Primeros meses de cada año, de conformidad con los índices inflacionarios que establezca el Banco Central de Venezuela.
III
Este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA , visto que el acuerdo suscrito por las partes, no es contrario a Derecho ni al orden Publico y versa sobre derechos disponibles, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos CARMEN ALICIA CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 21.469.301, y el ciudadano ENDER ALEXANDER HURTADO VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 19.268.974, en los términos expuestos y se le otorga el CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
Dado Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Colonia Tovar a los Nueve (09) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve (2009).
199º y 150°
El Juez.


Abg. Gabriel Spadea Salerno
El Secretario.

Abg. Howard Escobar Rubio.

Expediente N°. 2008-085.