REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Undécimo (11°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000526
Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 09 de julio de 2009, por la apoderada judicial de la parte demandada, abogada en ejercicio Maria Waleska Garagorry Ruiz, inscrita en el IPSA bajo el N° 40.400 y el abogado en Jesús Leopoldo, inscrito en el IPSA bajo el N° 97.802, plenamente identificadas en autos, con ocasión a la Oferta Real de Pago incoare la empresa INVERSIONES KDV 2021, C.A. a favor del ciudadano Jose Guillen, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en el instrumento poder otorgado por la parte oferente y por cuanto la transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del extrabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Cúmplase con lo ordenado.

El Juez

La Secretaria

Abg. Alcy Salazar


Abg. Jetsy Marcano