REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, 27 D EJULIO DE 2009-07-27
149° y 150°

Visto el escrito que antecede de fecha 22 de julio de 2009 suscrito por ambas partes ( MIGUEL ANGEL VARGAS Vs. ZURICH SEGUROS S.A.); este Tribunal encontrándose en fase de mediación, de una revisión exhaustiva del mismo, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; cumpliendo así con los extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento; en tal sentido este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado entre las partes, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA; por lo que se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. En cuanto a la solicitud de dos (2) copias certificadas del acuerdo y del presente auto, este Tribunal acuerda lo solicitado, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez


Abg. Neyireé Toledo


La Secretaria


Abg. Julisbeth Castillo