REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001247
PARTE ACTORA: MONICA LUCIA SANCHEZ CELIS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO A LA AUDIENCIA.
PARTE DEMANDADA: CORPORACION NOBILIS C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ALEJANDRA PUIGBO CAMPOS y otros.-
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy ocho (08) de julio de dos mil nueve (2009), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que comparece la abogada MARIA ALEJANDRA PUIGBO CAMPOS, inscrita en el IPSA bajo el Nªº 81.245, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, en este estado se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

El Juez Titular


Abog. Aníbal F. Abreu Portillo

El Secretario

Abog. Héctor Rodríguez


La apoderada judicial de la demandada: