REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, seis (06) de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-010392

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANGIE CAROLINA CRESPO APONTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.526.326, debidamente asistida por la abogada KATHERINE BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.987, a favor de los derechos e intereses de su hijo (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Ad-Hoc designado, ciudadano CARLOS ALBERTO CRESPO BLANCO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.682.330 en beneficio del niño de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

LA SECRETARIA,


ABG. CIOLIS MOJICA

YCH/CM/Yvette
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-010392