REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, Ocho (08) de Julio de Dos Mil Nueve (2009)

199° y 150°

Vista la diligencia de fecha siete (07) de Julio de Dos Mil Nueve (2009), suscrita por la Abogada ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMÁN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.428, en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los Abogados, ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMÁN y LEONARDO ACOSTA FERNÁNDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 70.428 y 27.265 respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 11 de Agosto de 1988, bajo el Nº 24, tomo 41-A Pro, contra la Providencia Administrativa Nº 00343 de fecha 28 de Noviembre de 2008, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, mediante la cual desiste del presente procedimiento en virtud que el ciudadano CARLOS JOSÉ MELO VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.892.945, presento su renuncia y cobró las Prestaciones Sociales correspondientes, dando por terminada la relación de trabajo con la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER C.A.. Este órgano jurisdiccional de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento planteado por la parte actora y ordena librar oficio al organismo recurrido. Líbrese oficio.
LA JUEZ

FLOR L. CAMACHO
EL SECRETARIO,

CLÍMACO MONTILLA



Exp. Nº 2476-09/FC/CM/hung


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
C A R A C A S

Caracas, 08 de Julio de 2009
199° y 150°

OFICIO Nº TSSCA-______-2009

Ciudadano (a):
INSPECTOR JEFE DEL TRABAJO DEL LOS VALLES DEL TUY ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Su Despacho.-

Me dirijo a Usted, a fin de notificarle que en esta misma fecha este Órgano Jurisdiccional de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGÓ el desistimiento planteado por la parte actora y ordenó librar oficio al organismo recurrido, a fin de informarle que en virtud del desistimiento no se hará necesario la remisión de los Antecedentes Administrativos solicitados en fecha 04 de Junio de 2009 mediante oficio N° TSSCA-0633-2009. Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,




FLOR L. CAMACHO A.







Exp. Nº 2476-09/FC/hung