REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de julio de 2009
199º y 150º
Vista la demanda y los recaudos anexos a la misma presentada por los ciudadanos Andres Mezgravis, Javier Ruan y Miguel Angel Mora, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 31.035, 70.411 y 58.585, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de EPSON VENEZUELA S. A., compañía anónima domiciliada en Caracas, inscrita por modificación total de su Documento Constitutivo/Estatuario ante el mismo Registro en fecha 06 de febrero de 1991, bajo el número 15, Tomo 43-A Sgdo., este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a Banesco Banco Universal C. A., en la persona del ciudadano Marco Tulio Ortega Vargas, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 6.917.169, en su carácter de Representante Judicial de la referida entidad bancaria, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, en las horas de despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para que de contestación a la demanda, que por Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios incoara en su contra EPSON VENEZUELA S. A., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia, previa certificación por secretaría. Líbrese compulsa, previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia.
La Juez
María Rosa Martínez.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° AP11-V-2009-000236
Angel