REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH11-V-2008-000297
Vista la demanda y sus recaudos anexos, presentada por los ciudadanos JOAQUÍN MORENO PAMPÍN, JESUS RANGEL RACHADELL, e INGRID FERNÁNDEZ MARCANO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.683.373, V-6.520.332 y V-11.640.256 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números 26.383, 26.906 y 70.535 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del BANCO FEDERAL C.A., Sociedad Mercantil constituida y domiciliada en la ciudad de Coro, Estado Falcón, inicialmente constituida con la denominación de Banco comercial de Falcón C.A., según consta de documento debidamente inscrito ante el Registro Mercantil que se llevaba ante la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, bajo el Nº 64, folios 269 al 313, tomo III del día 23 de abril del año 1982; este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese al ciudadano ERNESO ALEXANDER PEÑALOZA BERTONCINI, titular de la cedula de identidad número V-10.520.269 de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero y domiciliado en Puerto Ordaz Estado Bolívar, para que comparezcan por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a la constancia en autos que se haya realizado su citación, más 8 días que se conceden como término de la distancia, en horas de despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para que den contestación a la demanda que por Resolución de contrato de venta con reserva de dominio incoara en su contra el BANCO FEDERAL C.A, compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia, previa certificación por secretaría. Líbrese comisión al Juzgado distribuidor del Municipio Heres de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar a los fines que mediante el sorteo respectivo se designe el alguacil que deberá practicar las citaciones ordenadas. Líbrense compulsas y comisión previo suministro de los fotostátos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia.
La Juez
María Rosa Martínez. La secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° AH11-V-2008-000297(46223)
RDP