REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP11-V-2009-000831
Visto el anterior libelo, así como los recaudos consignados, por los abogados MIGUEL RODRIGUEZ SILVA y NANCY AMAYA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 23.146 y 30.251, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano YENDER ALEXANDER SILVA ESCALANTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.915.418, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley LA ADMITE cuanto a lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se ordena emplazar a las ciudadanas MARIA SOLEDAD FUENTES de DEL PINO y MARIA DEL CARMEN DEL PINO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.387.995 y V-1.569.225, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de la última citación ordenada se haga, para que den contestación a la demanda incoada en su contra por los apoderados judiciales del ciudadano YENDER ALEXANDER SILVA ESCALANTE, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 08:30 a.m. y 03:30 p.m.
Compúlsese copia del libelo, junto con su auto de comparecencia al pie y entréguense al alguacil encargado de practicar dichas citaciones, previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados mediante diligencia.
Respecto a la medida solicitada, este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el cuaderno de medidas, que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo, de los instrumentos fundamentales de la acción y del presente auto, previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados mediante diligencia.
La Juez
María Rosa Martínez Catalán
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Asunto: AP11-V-2009-000831
Hora de Emisión: 11:24 AM
Asistente que realizo la actuación: Ehyberth-.-