REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 30 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH11-F-2008-000245
Por recibido y visto el anterior libelo de demanda presentado por los ciudadanos Rosario Gómez Rangel y Bruno Ginoble Recchiuti, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 3.244.803 y 6.964.394 respectivamente, asistidos por la abogada Nelia Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.975, en el juicio que por Divorcio basado en el artículo 185-A del Código Civil, y los recaudos acompañados a la misma, asi como los requeridos mediante auto dictado en fecha 03-10-08; el Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. En consecuencia, ordena citar al representante del Ministerio Público, quien deberá comparecer por ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a los fines de que exponga lo que crea conducente con relación a la presente solicitud, ordenándose para ello librar la respectiva boleta, anexándosele copias certificadas del libelo y del auto de admisión, previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados mediante diligencia.
La Juez, La Secretaria
María Rosa Martínez Catalán Norka Cobis
Asistente que realizo la actuación: jaime.-