REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, seis de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP11-R-2009-000337
Quien, suscribe Norka Cobis, secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, hace constar de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, por medio de la presente, que el expediente distinguido con el número juris AP11-R-2009-000337, se recibió procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, que a su vez lo recibió del Juzgado de Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Prorroga Legal, seguido por Inversiones y Administración Ospe C. A., contra la sociedad mercantil Abbaco Muebles y Complementos C. A., el cual está formado por una pieza principal en 338 folios útiles y cuaderno de medidas en 34 folios.- Caracas, a los ________ días del mes de __________________ de 2009.- Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA SECRETARIA





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, _______ de _____________ de 2009
Años: 199º y 150º
Por recibido el expediente procedente Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Prorroga Legal, seguido por Inversiones y Administración Ospe C. A., contra la sociedad mercantil Abbaco Muebles y Complementos C. A., el cual está formado por una pieza principal en 338 folios útiles y cuaderno de medidas en 34 folios, el Tribunal ordena darle entrada anotarlo en los libros respectivos, en consecuencia la juez de este despacho, se avoca a su conocimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil, fija el décimo (10mo) día de despacho siguiente a la presente fecha, para dictar sentencia.-
La Juez
La Secretaria
María Rosa Martínez Catalán
Norka Cobis


Hora de Emisión: 11:57 AM
Asistente que realizo la actuación: Jaime.-