REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH12-S-2008-000017
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano CARLOS MARIA MAAS GOMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-2.974.649.-
Se hace la salvedad que el presente título se declara sólo sobre los materiales destinados a la construcción de las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos de los solicitantes sólo recaen sobre la construcciones y en modo alguno crean derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas.-
Aunado a lo anterior el presente título no convalida cualquier tipo de violación a la ley, decreto u ordenanza en la cual hayan incurrido los solicitantes, al haber realizado las bienchurías descritas en la solicitud, que dan origen a éstas actuaciones.-
Devuélvanse a la parte interesada original con sus resultas, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Cúmplase.-
El Juez
Abg. Luis R. Herrera González
La Secretaria
Abg. María Hernández R.
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento con lo ordenado.-
La Secretaria
Abg. María Hernández R.
LRHG/MGHR/Andrés