REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, ocho de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AP11-F-2009-000595

Vista la solicitud de Homologación de Partición Amistosa presentada por los ciudadanos PATRICIA DEL PILAR CASTRO y MAURIZIO GIGANTI FEDERICO, venezolana e italiano, respectivamente, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.217.781 y E-984.276, debidamente asistidos por MARIA CONCETA GIGANTE DI TOMASSO., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 25.633, y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en Libro respectivo.- En consecuencia, este Tribunal le imparte la correspondiente homologación en los siguientes términos: Primero: Que a la ciudadana PATRICIA DEL PILAR CASTRO, se le adjudica en plena propiedad el 100% de los derechos correspondientes sobre el siguiente bien inmueble:
“Un apartamento distinguido con el numero 8, ubicado en el segundo (2do) piso, del Edificio “Santa Ana”, situado en la Avenida Santa Ana, Urbanización Bello Campo, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, dicho inmueble tiene una superficie aproximada de (83.65 mts2), y cuenta con las siguientes dependencias: un recibo comedor, dos dormitorios principales, un baño principal, una cocina y un balcón, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con patio interno y área de circulación; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con fachada este del edificio; y OESTE: con apartamento Nº 10. El documento de condominio a cuyas regulaciones queda sometida esta vivienda se encuentra Registrado en la Oficina Inmobiliaria del Tercer Circuito de Registro del Municipio Sucre del Estado Miranda, el día 16 de junio de 1965, bajo el Nº 37, tomo 36, Protocolo primero. Le corresponde un porcentaje de condominio de (7,6464 %) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. Dicho inmueble pertenece a los ciudadanos PATRICIA DEL PILAR CASTRO y MAURIZIO GIGANTI FEDERICO, conforme a documento Protocolizado por ante el Registro Inmobiliario Del Municipio Chacao del Estado Miranda, el día 20 de Mayo de 1987, bajo el Nº 43, tomo 10, Protocolo primero”.- El referido inmueble tiene un valor aproximado de (Bsf. 250.000,00).-
Segundo: Que al ciudadano MAURIZIO GIGANTI FEDERICO, se le adjudica en plena propiedad el 100% de los derechos correspondientes sobre los siguientes bienes:
A) “Un vehiculo Marca: Mitsubishi; Modelo: Signo Gli 1.3l MT; Año: 2005, Color: Verde; Clase: Automóvil; Tipo: Sedan; Uso: Particular; Placas: MDW-25E; Serial de Carrocería: 8X1CK1ASN5Y800354; Serial de Motor: DS6501. Dicho vehiculo tiene un valor aproximado de (BsF 30.000,00).”
B) “Una moto Marca: Yamaha; Modelo: XJR1300SP; Año: 2000, Color: Azul; Clase: Moto; Tipo: Paseo; Uso: Particular; Placas: AAHO11; Serial de Carrocería: RP021-012727; Serial de Motor: P502E-019293. Dicho vehiculo tiene un valor aproximado de (BsF 15.000,00).”

Tercero: Que los ciudadanos PATRICIA DEL PILAR CASTRO y MAURIZIO GIGANTI FEDERICO, por mutuo acuerdo adjudican al ciudadano ENRICO GAETANO GIGANTI CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-18.817.465, en plena propiedad el 100% de los derechos correspondientes sobre el siguiente bien inmueble:
“Un apartamento distinguido con el numero 73, ubicado en el séptimo (7mo) piso, del Edificio “Duri”, situado en el ángulo noroeste del cruce formado por la calle uno o Avenida principal y la calle trece, parcelo Nº 12, manzana E 3, Sector sur, zona 4 de la Urbanización La Urbina, Jurisdicción del Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda, dicho inmueble tiene una superficie aproximada de (47.50 mts2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con hall o pasillo de ascensores y escaleras, y hall de entrada de los apartamentos números 71, 72, 74 y 75; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con apartamento Nº 74; y OESTE: con apartamento Nº 72. El documento de condominio a cuyas regulaciones queda sometida esta vivienda se encuentra Registrado en la Oficina Inmobiliaria del Primer Circuito de Registro del Municipio Sucre del Estado Miranda, el día 22 de octubre de 1980, bajo el Nº 38, tomo 7, Protocolo primero. Le corresponde un porcentaje de condominio de (0,5306 %) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. Le corresponde un puesto de estacionamiento ubicado en el sótano una del edificio distinguido con el Nº 73. Dicho inmueble pertenece a los ciudadanos PATRICIA DEL PILAR CASTRO y MAURIZIO GIGANTI FEDERICO, conforme a documento Protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, el día 6 de noviembre de 1987, bajo el Nº 36, tomo 17, Protocolo primero”.- El referido inmueble tiene un valor aproximado de (Bsf. 170.000,00).-
Asimismo se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción en las mismas del presente auto, a los fines legales consiguientes, dichas copias se expiden de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ.


DRA AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY
LA SECRETARIA


ABG LEOXELYS VENTURINI

Asistente que realizo la actuación: VHB