REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintisiete (27) de Julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AH16-X-2008-000057
En virtud de la sentencia dictada fecha 22 de julio de 2009, donde se homologó el desistimiento del procedimiento, SE SUPENDE la MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por éste juzgado en fecha 18 de junio de 2008, que pesa sobre:
“el vehículo: marca: FORD, modelo: F-350 48MB F-350 4x2 EFI/F-350, año: 2006, color: GRIS, tipo: CHASIS, uso: CARGA, serial de motor: 6 A38826, serial de carrocería: 8YTKF365368A38826 y placa: 44M-MAZ”.
En consecuencia, se ordena librar oficio participando lo conducente al Presidente del Instituto Autónomo de Transporte y Transito Terrestre del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda. Líbrese Oficio.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 6º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 27 de Julio de 2009. 199º y 150º.
El Juez,
Abg. Marisol Alvarado Rondón
La Secretaria
Abg. Yroid J. Fuentes L.
En esta misma fecha, siendo las 2:13 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Yroid J. Fuentes L.
Asunto: AH16-X-2008-000057