REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Actualización de Computo y Redención de Pena por Trabajo al penado ciudadano Gutiérrez Hernández, Andrés Ramón de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Valera Estado Trujillo, nacido el 02-11-1.969, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.400.795, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, con grado de instrucción 6to., grado, residenciado en la Parcela El Pao De Zarate, La Victoria, Villa De Cura, Estado Aragua, en los términos señalados supra, de conformidad con lo previsto en los Artículos 3, 5, y 6 de la Ley de Redención de la Pena por el Estudio y el Trabajo en concordancia con los Artículos 479, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal.

Remítase copia certificada de la presente decisión al jefe del departamento de vigilancia y ejecución de sanciones penales, al director general de custodia y rehabilitación del recluso, direcciones adscritas al Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, notifíquese al Fiscal Penitenciario y al Defensor, déjese copia certificada para el archivo del tribunal, trasládese al penado para imponerlo de la presente decisión, en Maracay hoy diecisiete (17) de julio de 2.009.

Abg. Nelson Alexis García Morales
Juez Segundo de Ejecución

Abg. Fernando Jahen
Secretario

Causa N° 2E-47-1P-21329.
NAGM.