ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002633
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES EXTERIORES
REPRESENTANTE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA : LISBEKY DIAZ MONROY
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 21 de Julio de 2009, a las 08:45 am., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la ciudadana LISBEKY DIAZ MONROY, inscrita en el IPSA bajo el N° 130.225, en su carácter de Representante de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, según consta en oficio poder que consta en autos.-
Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Representante de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela
El Secretario
Joralbert Corona
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