ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000216
PARTE ACTORA: FRANCYS DEL VALLE RODRIGUEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LUIS GARCIA y MIGUEL APARCEDO
PARTE DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDREINA MARTINEZ
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL, LUCRO CESANTE Y DAÑO MORAL
Hoy, 30 de julio de 2009, a las 03:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos MIGUEL APARCEDO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.415, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana FRANCYS DEL VALLE RODRIGUEZ, plenamente identificada en autos, y los abogados en ejercicio ANDREINA MARTINEZ y ALEJANDRO SPERANDIO, inscritos en el IPSA bajo el N° 90.797 y 75.639, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece pagar como único pago a la parte actora la cantidad de Cien Mil Bolívares (100.000), por los conceptos demandados, el cual será pagado en fecha 5 de agosto de 2009, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, ante la URDD, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente.- Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del pago único acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Apoderados parte demandada
Apoderado parte actora
El Secretario
Abg. Joralbert Corona
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