ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001750
PARTE ACTORA: WUILMER RAMIREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANDREA MUJICA.
PARTE DEMANDADA: GOLDEN HILLS GIM CENTER C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JESURUM
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 31 de Julio de 2009, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana ANDREA MUJICA, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.528, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano WUILMER RAMIREZ, plenamente identificado en autos, y el abogado en ejercicio ALBERTO JESURUM, inscrito en el IPSA bajo el N° 9.926, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, según consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece pagar como único pago a la parte actora la cantidad de Diez mil Bolívares (Bs. 10.000), por los conceptos de antigüedad, utilidades, vacaciones no disfrutadas y bono vacacional reclamadas, monto este que será pagado en tres partes: Un primer pago de 3.000 bolívares, que será cancelado en fecha 14 de agosto de 2009; Un segundo pago de 3.000 bolívares, que será cancelado en fecha 17 de septiembre de 2009 y un Tercer y último pago de 4.000 bolívares, que será en fecha 15 de octubre de 2009, mediante cheques librados contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, a los fines de dar por concluido el presente juicio por ante la URDD de este circuito. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del ultimo pago acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático.
Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Apoderada parte actora
Apoderado parte demandada
El Secretario
Joralbert Corona
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