REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRÀNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
199º y l50º
Cagua, 13 de Julio de 2009
Visto el Acto Conciliatorio de fecha 19 de Junio de 2009, que cursa a los folios 117 y 118 ambos inclusive, del presente Expediente signado con el numero 08-15247, nomenclatura interna de este Juzgado, donde los ciudadanos MARIBEL BAPTISTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.041.578, asistida por la Abogada en ejercicio DIGNA ROSA QUINTERO, inpreabogado N° 78.672, parte actora en el presente procedimiento, y los ciudadanos LIGIA BEATRIZ DIAZ RIOS, venezolana, mayor de edad, titular de cedula de identidad N° V-11.986.002, asistida por la Abogada en ejercicio EDDY PEÑA, Inpreabogado N° 25.244 parte demandada respectivamente en el presente Juicio, mediante la cual celebran TRANSACCIÓN, para dar por concluido el presente Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos por las Partes, y ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, dando por terminado el presente juicio. Por cuanto la presente causa ha llegado a su fin, se ordena el archivo del presente expediente Cúmplase.
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,
ABG. CAMILO CHACÓN HERRERA
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el Auto anterior
EL SECRETARIO
ABG. CAMILO CHACÓN HERRERA
Expte. N° 08-15247
EPT/cechh/pmcch.-
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