REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, 14 de Julio de 2009
199° y 150°

ASUNTO:
PARTE INTIMADA: HERB RANDOLLPH CARUZI MENDOZA.
PARTE INTIMANTE: ABG. ANA JACQUELINE VASQUEZ
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES

Vista y revisadas todas y cada una de las actas procesales de la presente causa evidencia quien suscribe, que fue presentada por la Unidad Recepción y Distribución de Documentos, en fecha 23-10-2007, escrito contentivo de demanda de intimación de honorarios profesionales, recibida bajo la nomenclatura DP31-L-2007-000267, la cual fue recibida por este Tribunal, bajo esa misma nomenclatura ordenándose su desglose y apertura de cuaderno separado con la finalidad de tramitar todo lo concerniente a dicho procedimiento. Abriéndose dicho cuaderno en fecha 02-11-2007, bajo la nomenclatura DH31-X-2007-000058, declarándose este Tribunal Incompetente por las razones explanadas en el texto, por lo que fue remitido al Tribunal de Juicio para que continuara con el conocimiento del presente asunto, en fecha 07-12-2007, quien lo recibe, bajo esta ultima nomenclatura y así fue tramitado, hasta tener sentencia definitiva, ahora bien una vez sentenciada la causa se observa, que es nuevamente remitido a este Tribunal, pero bajo una nomenclatura distinta y por demás incorrecta (DP31-L-2007-267), perteneciente a la causa principal, la cual se encuentra en la alzada, para el conocimiento del recurso, siendo que la nomenclatura correcta es (DH31-X-2007-000058), bajo la cual fue tramitado y decidido, en consecuencia y por las razones antes expuesta este Tribunal ordena la devolución de la presente causa al Tribunal 2° de Juicio, a los fines de la corrección correspondiente en cuanto a la nomenclatura correcta, así mismo se ordena agregar copias certificada tanto como el cuaderno de incidencia como en la presente causa, cúmplase lo ordenado. Líbrese oficio. Es todo.


LA JUEZA,


DRA. LILIAM ROSA PÉREZ SAAVEDRA.
JUEZA OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CON SEDE EN LA VICTORIA

LRP.-