REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, veintiuno (21) de Julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000117
PARTE ACTORA: SPENCER SMITH RONDON SEPULVEDA, titular de la cedula de identidade Nro. 17.050.328
PARTE ACTORA: Abg. JENNIFER MARIN MORA, inpreabogados Nro. 101.088
PARTE DEMANDADA: sociedad de comercio GLOBAL SEGURITY SISTEM, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, veintiuno (21) de Julio de 2009, siendo día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora el ciudadano SPENCER SMITH RONDON SEPULVEDA, titular de la cedula de identidad Nro. 17.050.328 y su apoderada judicial la Abg. JENNIFER MARIN MORA, inpreabogados Nro. 101.088. Antes de iniciar la Audiencia, el Alguacil hace el anuncio respectivo en la Sala de espera de este Circuito e indica al Tribunal que, solo compareció a la Audiencia la parte actora el ciudadano SPENCER SMITH RONDON SEPULVEDA, titular de la cedula de identidad Nro. 17.050.3328 y su apoderada judicial la Abg. JENNIFER MARIN MORA, inpreabogados Nro. 101.088, acreditación que consta a los autos. Así mismo el Tribunal deja constancia de que a la hora del anuncio de la audiencia no se encontraba presente la demandada sociedad de comercio GLOBAL SEGURITY SISTEM, C.A., ni por si ni por medio de representante legal en consecuencia vista, LA INCOMPARECENCIA A ESTA AUDIENCIA DE LA PARTE DEMANDADA este tribunal debe forzosamente en el dispositivo del fallo oral declarar LA ADMISION DE LOS HECHOS.
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuesta este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara, LA ADMISION DE LOS HECHOS EN CONSECUENCIA CON LUGAR las acciones intentadas, por los ciudadanos SPENCER SMITH RONDON SEPULVEDA, titular de la cedula de identidad Nro. 17.050.328 en contra sociedad de comercio GLOBAL SEGURITY SISTEM, C.A., y se reserva motivar los montos y conceptos a pagar los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, de conformidad con la aplicación extensiva del articulo 158 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, acogiendo criterio de sentencia de la Sala Constitucional dictada el 06-05-2005, con ponencia del Magistrado Francisco Antonio Carrasqueño, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar. Es todo.-
LA JUEZA,
Dra. LILIAM PEREZ
LA PARTE ACTORA EL SECRETARIO,
ABG. GIOVANNI RUOCCO.
Exp. : DP31-L-2009-000117
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