REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 30 de Julio del 2009
199º y 150º

ASUNTO: DP11-L- 2008-001840
ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadanas ZULEIMA DEL ROSARIO LOPEZ y NERIDA YASMIN LOPEZ , venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 3.641.730 y 5.281.484, respectivamente, actuando como Herederas del Ciudadano WILFREDO JESUS LOPEZ.- NO COMPARECIERON.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Dr. DIEGO M., OBREGON H., inscrito en el IPSA bajo el Nro. 56.260.- NO COMPARECIO.-

PARTE DEMANDADA: “ALCALDIA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.”

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA , Dr. AMILCAR SEIJAS, Abogado, inscrito en el IPSA bajo el Número 107.701.-

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy, Jueves 30 de Julio del 2009, siendo las 1 y 30 p.m.., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes actoras al presente acto, ni por si ni por medio de sus Representantes Legales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de que se encuentra presente el apoderado de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, Abogado Amilcar Seijas, ut supra identificado.- Se cierra este acto siendo las 1:55 p.m. ,- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-

LA JUEZA


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ



EL APODERADO DE LA DEMANDADA.








LA SECRETARIA



Abog, E. MILENE BRICEÑO