En el día hábil de hoy jueves dos (02) de Julio del 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en presente proceso, incoada por la aparte actora ciudadano DANNY JESUS PIÑA GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 15.806.050 contra “SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE GOFFRE C.A.” Se realizó el anuncio de la presente audiencia en las puertas del Tribunal, encontrándose presente solamente el apoderado judicial de la parte demandada ciudadano abogado: ELIZABETH JOSEFINA PALMA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 8.619.907, inscrita en el inpreabogado No. 70.029. SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SI MISMA NI POR APODERADO JUDICIAL EN EL PRESENTE JUICIO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 198 de Independencia y 149 de Federación. Dándose por cerrado el acto a las 10:30 a.m. del Miércoles dos (02) de Julio de 2009. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABOG. BETHSY RAMIREZ
|