REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: ALEXIS ROBERTO TORREALBA Y BELKYS URZULINA BERMUDEZ PINEDA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 9951-09
SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 15 de mayo de 2009, los Ciudadanos, ALEXIS ROBERTO TORREALBA Y BELKYS URZULINA BERMUDEZ PINEDA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.263.802 y V-11.985.911, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio SANDRA CAROLINA SEGOVIA BERMUDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 35.306, presentaron por ante el Tribunal distribuidor de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (5) años están separados, y que de la unión conyugal procrearon UN (01) hijo, mayor de edad actualmente.
En fecha 02 de Junio de 2009, este Tribunal admitió la referida solicitud y ordenó la notificación del Fiscal Superior del Ministerio Público, quien mediante diligencia estampada en fecha 20-06-09, manifestó su conformidad al procedimiento de Divorcio fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil por cuanto se cumplieron los requisitos establecidos en la Ley.
PARA DECIDIR SE OBSERVA:
De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, resultando procedente la solicitud de divorcio formulada