En el día de hoy, Veintidós (22) de Julio de Dos Mil Nueve (2009), siendo las 12:30 horas del mediodía, previa habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolivar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: inmueble (apartamento), ubicado en el Sector Bucaral, entre las calles Los Jabillos y Rubén Echezuría, Edificio El Amparo, Apto. Nº 15 y Nº 02 el puesto de estacionamiento, del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua; en compañía del Abogado: Luís Augusto Materan Ruiz, inscrito el Inpreabogado bajo el Nº 15.832, en su carácter de Apoderado Judicial de la Inmobiliaria Santos Michelena, C.A., con el objeto de dar cumplimiento a la Medida de Desalojo, y a la orden de pago de canones de arrendamiento insolutos y de los pagos correspondientes por el puesto de estacionamiento, decretadas con motivo del juicio que por Desalojo interpuso la Sociedad Mercantil Santos Michelena, C.A., domiciliada en la Población de las Tejerías, Municipio Santos Michelena, inscrita originalmente en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 17 de diciembre de 1991, bajo el No.92, Tomo 457-A siendo posteriormente modificada de S.R.L. a C.A., y registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 6 de octubre de 2006,quedando anotada bajo el No. 38, Tomo 54-A, debidamente representada por su Directora María Quintal viuda de Ribeiro, debidamente asistida por la Apoderada Judicial, Abogada Maria Solimar Carvalho de Freitas, contra el Ciudadano: Wilson José Viñole Ascanio, titular de la cédula de identidad No. 15.490.575,por ante el Juzgado del Municipio Santos Michelena de la Circunscripción Judicial Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentra presente en este acto HENRY GARCIA, mayor de edad, Venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº 5.276.824, en su Carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., y Omar Chaviedo, mayor de edad, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.518.570, en su carácter de Perito Avaluador, quienes una vez designados, aceptaron sus cargos, fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley; e igualmente se encuentran presentes los funcionarios policiales Marrufo Mendez Wladimir Antonio, C.I. N° 11.989.131, Credencial N° 6767 y Pérez Prieto Ricci Omar, C.I: 9.676.520 adscritos a la Policía del Estado Aragua. Presente en dicho inmueble una persona que dijo ser y llamarse: Wilson José Viñole Ascanio, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.490.575, parte demandada en el presente juicio, a quien el Tribunal notificó de su misión y permitió el acceso, le solicitó que llamara a un Abogado para que lo asistiera en este acto, para así dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dándole una hora de espera siendo las 12:30 p.m. El Tribunal deja constancia que transcurrió la hora de espera a las 1:30p.m., y no se hizo presente abogado alguno. En este estado el Notificado expone: “Procedo en este acto a retirar por mi propia cuenta, riesgo y responsabilidad los bienes muebles de mi propiedad que se encuentran en el interior del inmueble objeto de la medida, y hago entrega del inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido totalmente libre de bienes y personas, y no efectúo el pago ordenado por el Tribunal de la Causa, por los actuales momentos por carecer de dinero para ello”. En este estado la Jueza Ejecutora de Medidas recibe en este acto el inmueble que se describe a continuación: Inmueble (apartamento), ubicado en el Sector Bucaral, entre las calles Los Jabillos y Rubén Echezuría, Edificio El Amparo, Apto. Nº 15 y puesto de estacionamiento Nº 02 del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua; el cual se encuentra en mal estado general de conservación y mantenimiento, totalmente libre de bienes y personas, el cual posee un valor aproximado a juicio del Perito Evaluador designado de Ochenta Mil Bolivares fuertes ( Bs. 80.000,00),y conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY lo pone en posesión de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., en la persona de su representante Henri García, quien lo recibe en este acto en el estado arriba descrito. Se acuerda expedir Copia Certificada del Acta levantada y de toda la comisión para su respectivo archivo, asimismo se acuerda devolver las presentes actuaciones al Juzgado de la Causa. El Tribunal Ejecutor deja constancia que en el presente acto no se observó ningún tipo de violencia de parte del personal adscrito a este despacho, Auxiliares de Justicia, Funcionarios Policiales, ni de ninguna otra persona presente en este acto. El Tribunal Ejecutor de Medidas habiendo cumplido su misión declara terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 2:30 p.m. Es Todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-

LA JUEZA TITULAR.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
C.I. 3.720.889.-




EL NOTIFICADO.-

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


EL PERITO AVALUADOR.-


EL DEPOSITARIO JUDICIAL.-


LOS FUNCIONARIOS POLICIALES.-


LA SECRETARIA.-