En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado HENRRY HENRIQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, el cual consta al folio 9 del expediente y el abogado SIMON FAJARDO el cual consta a los folios 23 al 25 del expediente. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto procurando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo donde la parte patronal ofrece pagar al trabajador LUIS ENRIQUE MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No.5.239.614, la cantidad de CINCUENTA MIL (Bs.F.50.000,00), en forma fraccionada, esto en dos pagos por Bs.25.000,00 cada uno en fechas en fechas 30 de julio por ante este Tribunal a las 1:00 p.m y el día 7 de septiembre 2009, mediante cheques a nombre del trabajador actor; el apoderado judicial de la parte actora, ya identificado, manifiesta que está conforme con el monto y forma de pago, ofrecido por la empresa y con dicha cancelación la demandada no quedará nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo, señalados en el libelo de demanda.