REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua
Maracay, Diez de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: DP11-L-2008-001742
RESOLUCIÓN


PARTE ACTORA: BETZI MARILIN DIAZ, C.I: Nro V-7.213.484 (no compareció)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BETZI DÍAZ (no compareció)
PARTE DEMANDADA: INAVI ARAGUA (no compareció)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: (no constituido)
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO


En el día de hoy, siendo las 09:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de sus apoderados judiciales constituidos en el presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 09:20 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y conformes firman el Acta.
LA JUEZ,

ABG. SORY MAITA GONZALEZ