En el día de hoy 16 de Julio de 2009, siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el Apoderado Judicial CARLOS ALFONZO CAMBRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.429.145, I.P.S.A. Nro. 94.511, igualmente arriba identificado. Por la demandada comparece la representante de la accionada LIBIA MARISELA RIOS ALAYÓN y el Abogado Asistente JUAN CARLOS FLORES YANEZ, tal como consta en el encabezamiento de la presente acta. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de poner fin al presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DOS MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 2.000,00), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque Nro., 55110006, con fecha 16 de Julio de 2009, elaborado a nombre de la Trabajadora GLADYS GREGORIA ORTIZ BECERRA, girado contra la cuenta de la Demandada INVERSIONES HOTEL ECO LODGE C.A., del Banco Mercantil, Banco Universal. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, y Utilidades fraccionada e Intereses sobre Prestaciones Sociales. En éste estado la Parte Actora, representada en este acto por el Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio de su mandante, respecto a los conceptos demandados en el presente asunto.