En el día de hoy 31 de Julio de 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora Ciudadano EULIS ENRIQUE GUTIERREZ FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° 15.472.360, debidamente asistido del la Abogado NELSON JOSÉ PINEDA GOLLO, I.P.S.A. Nro. 85.833, igualmente arriba identificado. Por la demandada comparece Abogada MARÍA CAROLINA ROMERO VIVAS, I.P.S.A. Nro. 78.675, en su carácter de apoderada tal como consta en autos. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de poner fin al presente procedimiento, sin que esto signifique que reconoce y esta de acuerdo con los conceptos demandados, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 7.000,00), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque Nro.91601344, con fecha 29 de Julio de 2009, elaborado a nombre del Trabajador EULIS ENRIQUE GUTIERREZ FLORES, girado contra la cuenta de la Demandada Nro. 0191 0066 91 2166001081, del Banco Nacional de Crédito. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida solo es una bonificación especial con el solo y único propósito de poner fin al presente procedimiento. En éste estado la Parte Actora, quien esta presente y se encuentra debidamente asistido y asesorado por el Procurador de los Trabajadores Nelson Pineda, declara en este acto que en virtud que ostenta la función de delegado sindical de los trabajadores en la compañía demandada, no cumplía con su jornada diaria de trabajo de forma diaria y puntual, durante el tiempo que establecía el contrato de trabajo que ya concluyó, en consecuencia oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno el bono especial ofrecido para poner fin a este procedimiento, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio establecido en el contrato de trabajo, ya me fueron cancelados y otros no se generaron por mi inasistencia a la jornada para la cual fui contratado.
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