REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 29 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-008632
ASUNTO : NP01-P-2005-008632



AUTO DECLARANDO EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (Muerte del Acusado)

Corresponde a este órgano emitir la fundamentación del fallo emitido al término de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 26/06/2009, mediante el cual fue declarado el Sobreseimiento del presente asunto seguido al imputado: Félix Eduardo Martínez Velásquez, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 83, ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos: Pastor José Carvajal Vargas y Carlos Eduardo Carrasquel Villanueva, respectivamente, en virtud de haber ocurrido su deceso. A tal efecto,
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Dada la naturaleza de la causa extintiva de la acción penal, estima esta instancia innecesaria la convocatoria de las partes a una audiencia oral para comprobar el motivo de su acaecimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Contra el extinto acusado la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, interpuso formal acusación por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículo 458 y 277 del Código penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos: Pastor José Carvajal Vargas y Calos Eduardo Carrasquel Villanueva, respectivamente.

Conforme al texto de la acusación interpuesta por el órgano fiscal, el hecho punible atribuido al aludido imputado, es el siguiente:

“Sic …En fecha 19 de Diciembre de 2005, siendo aproximadamente las 9:00 horas de la mañana, funcionarios adscritos a la división de Patrullaje del Instituto Autónomo de Policía Municipal del estado Monagas, se encontraban en labores de patrullaje a bordo de la unidad radio patrullera 016, por la Avenida Bicentenario de esta ciudad , avistaron a dos personas que corrían y gritaban que los estaban robando, motivo este por el cual los funcionarios se bajaron de la patrulla y se acocaron al lugar del cual venían las personas corriendo, percatándose que los seguía un sujeto portando una arma de fuego, manifestándole el sujeto ser funcionario de la Guardia Nacional, reteniéndole el arma de fuego tipo pistola, de color plateado y de empuñadura negra , marca Bryco Arms, modelo Jennings Nine, calibre nueve milímetros, apersonándose al lugar dos ciudadanos quienes señalaron al sujeto retenido como la persona, quien portando una arma de fuego y en complicidad con el dueño de un vehiculo marca Fiat, modelo Siena FIRE, color verde placas MAN-01F, con un chicle de taxi, se embarco en el mismo y los sometió con la finalidad de despojarlos de ocho millones de bolívares que habían retirado minutos antes de una entidad bancaria, siendo identificado como FELIX EDUARDO MARTINEZ VELASQUEZ; posteriormente como a las 09:50 minutos de la mañana fue aprehendido el ciudadano JESUS SALVADOR FUGUERA TINEO, por funcionarios adscritos a ese órgano detectivesco, en momentos en que conducía el referido vehiculo por la Avenida Libertador de esta Ciudad, ya que el mismo en complicidad con un sujeto a quien tienen detenido, intentaron despojar de la suma de ocho millones de bolívares, a dos ciudadanos en las adyacencias del albergue de menores, ubicado en la Avenida Bicentenario de esta Ciudad y el mismo posteriormente dándose a la fuga una vez cometida la acción delictiva..”.

Ahora bien, cursa al folio 142, de la Pieza correspondiente a Fase intermedia que conforma el asunto bajo examen, Acta de Defunción expedida por la Dirección de Registro Público del Municipio Maturín, relacionada con el deceso del imputado Félix Eduardo Martínez Velásquez, quien según información suministrada por la ciudadana: Odalys Del valle Mendoza de Martínez, el mismo se produce a consecuencia de Hemorragia Aguda por Herida por Arma de Fuego a Tórax, en fecha 08/10/2008, a las 05:50 horas de la tarde, en la Avenida El Ejercito diagonal al Tanque, de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas; por lo que, habiéndose probado con los indicados elementos de convicción la muerte del prenombrado imputado, configurándose con ello la causa de extinción de la acción penal, contemplada en el ordinal 1° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, considera este Tribunal procedente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, cardinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo pautado el artículo 322 ejusdem, declarar el Sobreseimiento del presente asunto seguido en su contra por la presunta comisión de los aludidos delitos. Así se decide.

DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: El Sobreseimiento del presente asunto seguido al imputado Félix Eduardo Martínez Velásquez, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículo 458 y 277 del Código penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos: Pastor José Carvajal Vargas y Calos Eduardo Carrasquel Villanueva, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, cardinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo pautado los artículos 48cardinal 1° y 322 ejusdem.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada. Hágase lo conducente. Cúmplase.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Monagas, en Maturín, a los VEINTINUEVE (29) DÍAS del mes de JUNIO de 2009. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ,

ABG. MANUEL ENRIQUE PADILLA


LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA ALEJANDRA CARIAS