JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, OCHO DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE.

199º y 150º
Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano: CARLOS ENRIQUE VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.026.894 y de este domicilio, parte demandante en la presente causa, debidamente asistido por el abogado JULIAN RAMON MILLAN , de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 119.857 , donde desiste del presente juicio y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento en todas y cada una de su partes . Téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda devolver por secretaría previa certificación en autos los documentos originales solicitados. Archívese el expediente.

DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
EXP. Nro 29.869.
Elaborado por luz y.