REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURIN DIECIOCHO (18) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009).

199° y 150°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: MANUEL CENTENO ASTOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.539.112 y de este domicilio.

ABOGADOS APODERADO: SORAYA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.351.533, en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.822.

DEMANDADOS: GILBERTO YEGRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.323.977 y de este domicilio, representado judicialmente por el Abogado FERNANDO SANCHEZ GAMBOA, venezolano, mayor de edad, en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 15.985, y SEGUROS LA PREVISORA, sociedad de Comercio domiciliada en Caracas Distrito Capital, e inscrita originalmente en el registro de comercio levado antiguamente por el Juzgado de Comercio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, en fecha 23 de Marzo de 1914, bajo el Nº 296, carácter ese el suyo que consta de documento poder autenticado ante la Notaria Publica Tercera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 29 de Abril de 2009, bajo el Nº 84, tomo 11; representado judicialmente por el Abogado ALEXI HAYEK, venezolano, mayor de edad, en ejercicio y de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.756.

ASUNTO: DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES (TRANSITO).

EXP.0905


UNICO

Vista la diligencia presentada por los abogados SORAYA HERNANDEZ, FERNANDO SANCHEZ GAMBOA y ALEXI HAYEK, plenamente identificados, este juzgador para proveer sobre lo solicitado lo hace de la siguiente manera: 1.-) El Tribunal imparte su Aprobación y Homologación en los términos establecidos en el escrito presentado por las partes en fecha 12-06-2009. 2.-) El Tribunal acuerda en conformidad, y en consecuencia se ordena expedir por secretaria los dos (02) juegos de copias certificadas del escrito de transacción y del auto que la homologue; y del mismo modo ordena sean agregado a los autos, los Poderes consignados debidamente Notariado, por los Abogados FERNANDO SANCHEZ GAMBOA y ALEXI HAYEK, para que surta los efectos legales.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. ÁNGEL SILVA ACUÑA

LA SECRETARIA TEMP.

ABOG. JUANA ALARCON









EXP.0905
ASA/evelio.-