REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 29 de Junio de 2.009.-
199° y 150°

Visto que el día de hoy, 29/06/2.009, compareció y fue oído el ciudadano: JOSE LEONARDO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.878.944, domiciliado en: la CALLE EL TANQUE CHAGUARAMAL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO MONAGAS, CERCA DE LA CLINICA SANTA INES, CASA N° 141, quien solicito la el egreso de su hija la niña: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE) de 11 años de edad, para incorporarla el grupo familiar y en la cual quiere asumir la responsabilidad de la custodia de la niña, y por cuanto el Tribunal observa de acuerdo a las actas del presente que la niña, de conformidad con los artículos 26 y 27 de Conformidad con la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y del Adolescente, en la cual establece que los Niños, Niñas y del Adolescente tiene derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia, en todo caso el ciudadano progenitor arriba mencionado tiene la disponibilidad de asumir sus obligaciones; en la cual deberá tener relaciones personales con su hija basados en el amor, el efecto, la comprensión mutua, el respeto reciproco y la solidaridad. En consecu|encia por lo cual se acuerda mediante auto, REVOCAR LA MEDIDA DE PROTECCION bajo la modalidad de Colocación en Entidad Atención en esa Institución, a favor de la niña: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE) de 11 años de edad y se acuerda la entrega inmediata de la misma a su progenitor: JOSE LEONARDO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.878.944, domiciliado en: la CALLE EL TANQUE CHAGUARAMAL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO MONAGAS, CERCA DE LA CLINICA SANTA INES, CASA N° 141, teléfono: 0416-8886633, quien ejercerá el atributo de la Custodia de la Niña, asimismo se ordena la entrega de todos enseres personales y documentos de la misma. Líbrese oficio.-
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA

ABG. ELINA CIANO D´COOLS
LA SECRETARIA T,

ABG. ISIS CAFAÑA







ALEX. EXP. N° 21.360, MEDIDA DE PROTECCION. EGRESO. –