Comisión: 04873
SOCIEDAD MERCANTIL MAYORCA, RODRIGUEZ & ASOCIADOS C.A/ TODA PERSONA QUE SE ENCUENTRE OCUPANDO DICHA PARCELA.
En horas de Despacho del día de hoy 04 de Junio de 2.009, siendo las 9:00 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la abogada en ejercicio MARUJA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.102.794, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL MAYORCA, RODRIGUEZ & ASOCIADOS C.A en el Juicio de INTERDICTO, incoado contra TODA PERSONA QUE SE ENCUENTRE OCUPANDO DICHA PARCELA, a los fines de practicar la Medida de Secuestro sobre un inmueble ubicado en la margen izquierda de la carretera nacional que conduce a la Ciudad de Maturín, al caserío La Pica, dentro del sitio conocido como Rincón de la Pica y Laguna Grande, Jurisdicción del Municipio Maturín, Estado Monagas, con un área de superficie de cuatro mil ciento veinticinco metros cuadrado aproximadamente alinderada de la siguiente manera: NORTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A; SUR: Carrera Nacional que conduce de Maturín a la Población de la Pica; ESTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A, y OESTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A., ocupado por ALICIA GUZMAN. Y siendo las 10:15 a.m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida.- Asimismo, el Tribunal hace constar que se encuentra acompañado en este acto por una comisión de efectivos de la Policía del Estado Monagas comandada por Cabo 1ero. Beltrán Lisboa, titular de la cédula de identidad Nº 11.449.151. Acto seguido el Tribunal designa como Depositaria Judicial a ROBER VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.8.363.873, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial Monagas, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley respectivo. Constituidos en el inmueble se procedió a realizar el llamado de voz correspondiente, no respondiendo persona alguna. El Tribunal deja constancia que el portón de acceso al inmueble estaba abierto y que dentro del mismo se encontraban los siguientes bienes muebles: 1) Una Santamaría, 2) Una plataforma de camión de color negro, 3) Un comprensor de aire dañado, 4) Una nevera de color blanco y oxidada, 5) Un congelador deteriorado. Es todo. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se decreta el Secuestro sobre un inmueble ubicado en la margen izquierda de la carretera nacional que conduce a la Ciudad de Maturín, al caserío La Pica, dentro del sitio conocido como Rincón de la Pica y Laguna Grande, Jurisdicción del Municipio Maturín, Estado Monagas, con un área de superficie de cuatro mil ciento veinticinco metros cuadrado aproximadamente alinderada de la siguiente manera: NORTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A; SUR: Carrera Nacional que conduce de Maturín a la Población de la Pica; ESTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A, y OESTE: Terreno propiedad de AGROPECUARIA LA PICA C.A., ocupado por ALICIA GUZMAN, el cual se entrega en este acto al Representante de la Depositaria Judicial Monagas ROBER VILLARROEL, quien lo recibe en este acto y jura cuidarlo como buen padre de familia. Y en cuanto a los bienes encontrados dentro del inmueble se hace en este acto un Deposito Necesario de los mismos y se hacen entregan al depositario Designado, y quien manifiesta en este acto recibirlos y jura cuidarlos como buen padre de familia. Es todo. Sin más diligencias que practicar el da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:50 a.m.-
La Juez Suplente Especial
La parte actora

La Depositaria Judicial Monagas
La comisión de Efectivos


La Secretaría