GADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 16 de junio de 2009.
199° y 150º
Exp. Nº QF-8243.
Vista la diligencia estampada en fecha 02 de junio de 2009, por la Ciudadana Abogada: Maria Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.688, mediante la cual desiste de la demanda en base al Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Superior, da por DESISTIDO el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la Ciudadana: Amada de Jesús Ladera de Corrales, mediante Apoderados Judiciales, contra la Gobernación del Estado Aragua; en consecuencia, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en el presente caso por analogía, ordenándose agregar a los autos formando folios útiles, los oficios signados con los números: 2.538-06 y 2.539-06, asimismo se ordena el ARCHIVO del presente Expediente.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.

LA SECRETARIA,

ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.
DEZN/yaremi.