REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-005209

Vista la diligencia suscrita por los abogados FRANCYS BUENAÑO y ROSA GONZALEZ, en su carácter de apoderados de la ciudadana GABRIELA GUERRA KHLIEFAL, en su condición de demandada, y parte actora, respectivamente, mediante la cual suscriben una Transacción, en donde la parte demandada hace entrega a la parte actora de la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS bolívares fuertes, BF. 3.500,00, en fecha librado a nombre de la trabajadora, contra el Banco Provincial, cantidad esta que comporta todos los conceptos demandados en el escrito libelas, en consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Homologa la Transacción suscrita en los términos en ella expuestos, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.-


El Juez

Abg. Felix Milano

La Secretaria

Abg. Xiomara Gelvis