REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto (6) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
198° y 149°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001119
PARTE ACTORA: PEDRO LEON DIAZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDAD: EL SOL DE AMERICA .
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIÓ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Miércoles Tres (03) de junio de 2009, día y hora fijado 09:00 am, para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano PEDRO LEON DIAZ, contra la demandada EL SOL DE AMERICA, Seguidamente este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de los apoderados judiciales, tanto de la parte demandante, como de la parte demandada, por si mismo ni por representante legal alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los Tres (03) días del mes de Junio de dos mil Nueve (2009). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 147° y 198°
EL JUEZ
La Secretaria
Abg. FELIX MILANO Abg. LORENA GUILARTE.
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