REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 19 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000468
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 19 de junio de 2009, por los ciudadanos GRACIELA ESTE parte Oferente en la presente causa debidamente asistida por al abogada ZORAIDA MOULEDOUS y el ciudadano EDGAR MORENO parte Oferida debidamente asistido por el abogado LUIS PIÑANGO este Juzgado por cuanto en la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial.
El Juez
El Secretario
Abg. Jhacnini Torres
Abg. Henry Jesús Castro Sánchez