REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 19° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP21-S-2009-000387
PARTE OFERIDO: ABY ZULAY CASTRO.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: NOSLEN TOVAR
PARTE OFERENTE: DESARROLLO FRIDALT
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA GARAGORRY
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto escrito de Transacción de fecha 08 de junio de junio de 2009, presentada por los ciudadanos ABY ZULAY CASTRO, debidamente asistida por el abogado NOSLEN TOVAR y MARIA GARAGORRY, en su condición de apoderado judicial de la parte oferente; este Juzgado Décimo Noveno (19) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs.F. 10.500,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Asimismo, se ordena expedir por secretaria un juego de copias certificadas solicitadas por la parte oferente, del escrito transaccional y del presente auto.- Así se establece.-
La Jueza

El Secretaria

Abg. Jhacnini Torres


Abg. Henry Jesús Castro Sánchez