REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, cuatro (04) de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-008342

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, ante quien se identificó a su firmante ciudadana JUANA DEL CARMEN BENITEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.354.891 actuando en representación de sus hijos el adolescente y la joven (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA)y YERLY YUKENSY GONCALVES BENITEZ de (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA) y veintidós (22) años de edad respectivamente, el primero titular de la cédula de identidad (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), siendo la ultima de los nombrados mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 5.354.891 debidamente asistidos por la Defensora Pública Octava de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas abogada AMELIA RODRIGUEZ.

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana YERLY YUKENSY GONCALVES BENITEZ debidamente expedida por el Jefe Civil de la Parroquia La Pastora, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Municipio Libertador del Distrito Capital; Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano JOSE ALBERTO GONCALVES BATISTA expedida por la Directora General del Registro Civil y Electoral del Municipio Acevedo del Estado Miranda; Copia Certificada del Acta de Nacimiento del adolescente de autos expedida por el Jefe Civil de la Parroquia Macarao del Municipio Libertador del Distrito Federal hoy Distrito Capital; Copias fotostáticas de la cédula de identidad de la solicitante y sus hijos; y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante, ciudadanas LUISA DOLORES GARCIA RODRIGUEZ y ANNY MARIELA CARPAVIRE SANCHEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.109.231 y V-17.478.134 respectivamente. En consecuencia, esta Jueza Unipersonal XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JOSE ALBERTO GONCALVES BATISTA, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.441.101 a sus hijos (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA)y YERLY YUKENSY GONCALVES BENITEZ de (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA)y veintidós (22) años de edad respectivamente. Así se declara.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cuatro (04) días del mes de Junio de Dos Mil Nueve (2009). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA
Motivo: Solicitud de Titulo Únicos y Universales Herederos
ASUNTO: AP51-S-2009-008342
YCH/CM/Yvette