REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, cuatro (04) de junio de dos mil nueve (2009).
199° y 150°
Vista la anterior diligencia estampada por el abogado en ejercicio MANUEL ASSAD BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.580, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN DEL RÍO ORDÁZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.047.406, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento a que se contraen estos autos. Este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.
Remítase el presente expediente, bajo Oficio a la Oficina de Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
Exp. Nro. 005751
JAML
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