REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de junio de 2009
199º y 150º

Vista la anterior demanda y sus recaudos anexos presentada por la abogada Yadira Valderrama, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 93.365, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Wilmer Alfredo Miranda Díaz, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.695.951, este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la Admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, en concordancia con lo establecido en el artículo 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se emplaza al ciudadano Pablo Marcial Rausseo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.613.421, en su carácter de propietario y conductor, para que comparezca por ante este Juzgado, DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS DE DESPACHO siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, dentro de las horas comprendidas para despachar de 8:30 a.m. a 3:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 eiusdem, previo suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia. Respecto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y en cuaderno separado que a tal efecto se ordena abrir, previa consignación de los fotostátos correspondientes al libelo, recaudos y auto de admisión.
La Juez

Dra. Maria Rosa Martínez Catalán.
La Secretaria

Norka Cobis Ramírez
Exp N AP11-T-2009-000006
Angel