REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, tres (03) de junio de dos mil nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto y se traslada en compañía de la apoderada judicial de la parte ejecutante, abogada María Gabriela Azrak, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.081, del apoderado de la Depositaria Judicial La Consolidada, C.A, ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.081.609 y el ciudadano Alí José Peláez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.774.760, en su carácter de perito avaluador; al apartamento Nº 21 del Edificio Matiris, ubicado entre las esquinas de Toro a Balconcito, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital; a fin de practicar medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo decretadas por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con motivo de juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoado por la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Arauca contra Williams Alberto Macias. Una vez en el lugar indicado la Juez Ejecutora procede a dar los respectivos toques de Ley y no siendo atendido el llamado por persona alguna, acuerda designar al ciudadano Edwin Esmeral Cupido, titular de la cédula de identidad Nº 16.032.621, como cerrajero judicial, quien habiendo aceptado el cargo sobre él recaído y jurado cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación, procede a dar inicio a la apertura. Ya en el interior del inmueble, se observa que se encuentra libre de personas pero no de bienes, en consecuencia, la Juez ordena al perito designado proceda a la elaboración del inventario respectivo, para el caso de que se requiera constituir depósito judicial necesario sobre los mismos. En este estado el perito avaluador, expone: “ Hago del conocimiento a la ciudadana Juez, que los bienes encontrados en el interior del inmueble son los siguientes: 1º) Dos (02) bancos en madera y formica de color blanco, de forma circular; 2º) Una (01) cocina a gas, marca Regina, color blanco, de cuatro hornillas y horno, sin serial visible; 3º) Una (01) nevera marca LG con dos puertas batientes y 4º) Trece (13) cajas conteniendo diversos objetos. Bienes éstos a los cuales les estimo un valor prudencial de mil bolívares fuertes (BsF 1000,00). Es todo. Acto continuo, la Juez ordena el depósito judicial necesario sobre los bienes antes inventariados y se ponen en posesión de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A, en la persona de su apoderado, ciudadano Argenis Rivas, ya identificado, quien declara recibirlos conforme. Seguidamente, la Juez dando cumplimiento a la misión encomendada procede a hacer la entrega material, real y efectiva a la parte ejecutante, ciudadanas Yolanda Sayeg de Badra y Madjida Badra de Badra en la persona de su apoderada judicial, abogada María Gabriela Azrak, del apartamento distinguido con el número 21, situado en el Edificio Matiris, ubicado entre las Esquinas de Toro a Balconcito, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador, Distrito Capital, quien expone: “ Declaro recibir conforme, libre de bienes y de personas el inmuebles antes identificado. En cuanto a la medida de Embargo Ejecutivo igualmente decretada, me abstengo de llevarla a cabo”. Es todo. La Juez Ejecutora cumplida como ha sido su misión dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 11: 00 am.-
La Juez,
Caribay Gauna
La apoderada judicial de la parte ejecutante
Abg. María Gabriela Azrak
El Representante de la Depositaria Judicial
La Consolidada, C.A
Argenis Rivas
El Perito Avalador
Ali José Peláez
El Cerrajero
Edwin Esmeral Cupido
La Secretaria
Dubraska Ibarreto
Expediente Nº 2866-09 (Interno)
Expediente Nº 957-06 (Causa)